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proceso:ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
 
tipodocumento:SIN CLASIFICACION
 

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Años (1)
2002
64
Instituciones (42)
ASAMBLEA LEGISLATIVA
1
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
3
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
2
CENTRO AGRICOLA CANTONAL DE PARAISO
1
CENTRO NACIONAL DE PREVENCION CONTRA DROGAS (CENADRO)
1
COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE COSTA RICA
1
CONSEJO DE SALUD OCUPACIONAL
1
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
1
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
1
DEFENSORIA DE LOS HABITANTES DE LA REPUBLICA
1
DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y EXTRANJERIA (FONDO ESPECIAL)
1
DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO NACIONAL
1
FEDERACION NACIONAL DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS - FENASCO-
1
HOSPITAL MEXICO
2
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AYA)
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
1
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE (INA)
1
JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS
1
MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
4
MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
2
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
1
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
2
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
1
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)(CAMBIO A MINAET)
1
MINISTERIO PUBLICO
1
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
1
MUNICIPALIDAD DE BELEN
1
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
1
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
1
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
1
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
1
NO APLICA
2
PARTICULAR
12
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
1
RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A
1
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA (RECOPE)
1
SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES
1
TEATRO NACIONAL
1
TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
1
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
2
Procesos CGR (32)
ANALISIS DE EFECTIVIDAD FISCAL DE LOS INGRESOS DEL PRESUPUESTO DE LA REPUBLICA
2
ANALISIS DE LA ADMISIBILIDAD DE DENUNCIAS
9
ANALISIS DE LAS MODIFICACIONES INTERNAS DE PRESUPUESTOS DE LOS PODERES DE LA REPUBLICA
5
ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
470
ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
229
ANALISIS MODIFICACION PRESUPUESTARIA EXTERNA
285
ANALISIS MODIFICACION PRESUPUESTARIA INTERNA
7
ANALISIS SELECTIVO DE DECRETOS EJECUTIVO QUE MODIFICAN EL PRESUPUESTO DE LA REPUBLICA
16
ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
291
ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
64
ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
24
ATENCION DE RECURSOS DE AMPARO
6
ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
206
ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION
3
CALIFICACION DE IDONEIDAD
2
CONTROL DE DECLARACIONES JURADAS DE BIENES
1
ESTUDIOS ESPECIALES
10
FISCALIZACION DE LA EJECUCION PRESUPUESTARIA
15
FISCALIZACION DE LA LIQUIDACION DE COMPROMISOS
1
FISCALIZACION DE LA LIQUIDACION PRESUPUESTARIA
82
LEVANTAMIENTO DE LA PROHIBICION PARA PARTICIPAR COMO OFERENTES
3
MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
3449
OTROS
472
REFRENDO DE ADDENDUM
143
REFRENDO DE CONTRATOS
1780
REFRENDO DE CONVENIOS
307
REVISION Y APROBACION DE LIQUIDACIONES DE COMISIONES DE FESTEJOS POPULARES
8
SEGUIMIENTO DE DISPOSICIONES EN EL CAMPO
3
SEGUIMIENTO DE DISPOSICIONES
69
TRAMITE DE MANDAMIENTOS DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA SOBRE CONDENATORIA DE SUMAS LIQUIDAS CONTRA LAS ENTIDADES PUBLICAS
152
TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
500
TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
1
1 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 7 2 4 4 20 de junio, 2002 DAGJ-1041-2002 Licenciado Roy Barboza Blanco Telefax 227 2845 Estimado señor: Asunto: se amplían razones en punto a la no obligación legal de atender consultas dirigidas por parte de sujetos privados. Acuso recibo de su nota fechada 29 de mayo pasado; en ella formula una serie de argumentos relacionados con la decisión de este órgano contralor (oficio 5269, de 13 de mayo del 2002) de no dar trámite a la consulta otrora formulada por su persona. Efectivamente, señala que la circular CO – 529 citada, hace referencia a lo que dispone el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República; agrega que tal numeral, en su párrafo segundo, establece que el órgano contralor puede evacuar las consultas que le dirijan los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4; así mismo, que tal instrumento de obtención de criterio oficial, debe ser pedido conforme a las normas reglamentarias que se dicten al respecto; finalmente, indica que el suscrito no es custodio o administrador de fondos públicos por lo que, al tener legitimación para plantear consultas, solicita que la suya sea evacuada. Ahora, conforme lo indica el artículo 29 de la Ley Orgánica supra señalado, la Contraloría General de la República debe evacuar las consultas que le dirijan: los órganos parlamentarios o al menos cinco diputados, o, por último, cuando sea pedida por alguno o más de sus sujetos pasivos (los que están sujetos a su fiscalización superior). Continúa diciendo el numeral citado que la institución “podrá” evacuar las consultas que le dirijan los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4 de la mencionada Ley y, agrega, que para dar respuesta a tales solicitudes de criterio, éstas deben ajustarse a las normas reglamentarias que para tal norte sean establecidas. El artículo e inciso último señalado, dicta que están d ...
Fecha publicación: 23/06/2002
Fecha emisión: 20/06/2002
Documento: 07244-2002.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 2 Lic. Manuel Martínez Sequeira 19 de junio, 2002 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio Nº 07168 19 de junio, 2002 DI-AA-1935 Licenciado Manuel Martínez Sequeira Gerente de División División de Asesoría y Gestión Jurídica Estimado señor: Asunto: Consulta en torno a la posibilidad de otorgar tarjetas de débito a los funcionarios de CORBANA y de crédito a los funcionarios de sus subsidiarias, para atender necesidades propias de la empresa Mediante oficio GG-077-2002 recibido por esta Unidad, la Corporación Bananera Nacional (CORBANA) solicita el criterio de este Órgano Contralor en torno a la posibilidad de otorgar tarjetas de débito a los funcionarios de esa Corporación y de crédito a los funcionarios de sus subsidiarias, para atender necesidades propias de la empresa. Concretamente, formula las siguientes interrogantes: 1. ¿Podría CORBANA o alguna de sus subsidiarias suscribir abrir una cuenta electrónica de ahorro con una o varias tarjetas de débito, con el fin de que dicha cuenta pueda ser utilizada por los funcionarios para atender necesidades de la propia empresa, tales como realizar pagos en comercios a proveedores, o para que algún director o ejecutivo de la empresa con derecho a gastos de representación pueda utilizarla –dentro de las regulaciones respectivas internas y externas- para cubrir invitaciones, etc.? 2. Si bien CORBANA como ente público no puede asignar a sus funcionarios tarjetas de crédito, ¿lo podrán hacer las subsidiarias de ésta, las cuales son sociedades anónimas y sus empleados se rigen por lo dispuesto en el Código de Trabajo? Revisados los pronunciamientos que ha emitido esta Contraloría General sobre el tema, observamos que ha sido la División a su cargo la que ha establecido una posición sobre el uso de tarjetas de débito y de crédito por parte de los entes públicos, entre ellos están los oficios No.6829 (DAGJ-1014-2000) del 7 d ...
Fecha publicación: 22/06/2002
Fecha emisión: 19/06/2002
Documento: 07168-2002.doc
Institución: NO APLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 Lic. Víctor Julio Cerdas Fallas 12 de junio, 2002 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio Nº 6921 12 de junio, 2002 DAGJ-988-2002 Licenciado Víctor Julio Cerdas Fallas Director Jurídico RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S.A. Estimado señor: Asunto: Consulta legal sobre la validez de los denominados “convenios de cooperación interinstitucional”, suscritos por Radiográfica Costarricense S.A. (RACSA) con instituciones públicas y sujetos privados. Nos referimos a su oficio N° 11000-DJ4-059-2002-VCF de fecha 25 de abril de año 2002 presentado al órgano contralor el día 26 de abril siguiente, mediante el que se solicita el criterio de ésta División sobre la validez de lo que en su consulta se denominan “convenios de cooperación interinstitucional”, suscritos por RACSA con instituciones públicas y sujetos privados, y respecto de lo cual nos permitimos indicarle lo siguiente: Las consultas que se hagan a la Contraloría General de la República que impliquen un pronunciamiento del órgano contralor sobre aspectos de naturaleza legal, deben cumplir con los requisitos que establece la circular N° CO-529 de fecha 26 de mayo del año 2000, publicada en el diario oficial La Gaceta N° 17 de fecha 5 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”. Dentro de estos requisitos destaca el hecho que las consultas deben estar firmadas por el jerarca del ente u órgano consultante, lo cual en este caso no se ha dado pues la consulta no se encuentra suscrita por el jerarca de RACSA. Se requiere además que el tema en consulta esté referido a aspectos que involucren de alguna manera el manejo de fondos públicos, no obstante en su oficio se plantea la consulta de casos concretos y se solicita un pronunciamiento sobre la aplicación o no de normas legales y reglamentarias a RACSA, aspectos que escapan a la competencia de éste órga ...
Fecha publicación: 15/06/2002
Fecha emisión: 12/06/2002
Documento: 06921-2002.doc
Institución: RADIOGRAFICA COSTARRICENSE S. A
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 6 7 1 8 6 de junio, 2002 DAGJ-966-2002 Señor Jorge Carpio Gutiérrez Gerente Financiero EQUIPOS HNOS AGÜERO EHASA, S.A. Estimado señor: Asunto: Se señala que el recurso de revocatoria remitido por fax no puede rechazarse ad portas por esa razón, por lo que debe ser conocido y resuelto por la Administración interesada. Nos referimos a su nota del 31 de mayo del 2002, recibida en este Despacho el 3 de junio en curso, mediante la cual consulta si la revocatoria presentada por su empresa no se encuentra a derecho por haberse enviado por fax. Nos informa que participó en la contratación directa en el Hospital de Niños Dr. Carlos Sáenz Herrera, Nº 166-02 denominada “Pelador de Verduras”, cuyo acto de adjudicación les fue notificado el 29 de abril vía fax, y como existe un error en el cálculo del valor de la conversión de dólares a colones en la cotización de su empresa, lo que los coloca en la mejor posición y además el equipo adjudicado no corresponde con las características técnicas solicitadas por el cartel, presentaron el recurso de revocatoria con todos los aspectos legales y técnicos que corresponde, el 7 de mayo por vía fax. Posteriormente, el 9 de mayo se hizo llegar el recurso original al Departamento de Recursos Materiales. Luego la señora Norma Mantilla les informó que su recurso no se encontraba a derecho porque se había presentado por fax, pero que sí había un error en el cálculo. Sobre el particular, nos permitimos manifestarle que en criterio de este Despacho el recurso de revocatoria enviado o remitido por fax con la presentación posterior del documento original se encuentra a derecho, y debe entrar a conocerse y resolverse según lo que corresponda. Esta Contraloría General ha admitido desde hace ya bastante tiempo que el recurso de apelación se envíe por fax y luego se presente el original del libelo de apelación para cotejar y corroborar que se tr ...
Fecha publicación: 09/06/2002
Fecha emisión: 06/06/2002
Documento: 06718-2002.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 2 Lic. Rogelio Ramos Martínez 5 de junio,2002 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio Nº 6571 5 de junio, 2002 DAGJ-959-2002 Licenciado Rogelio Ramos Martínez MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA Estimado señor: ASUNTO: Se evacúa consulta referida a las contrataciones directas que hace el Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública con el Consejo Nacional de la Producción, a la luz de artículo 9 de la Ley Orgánica de esta última. Nos referimos a su oficio 283-2002-DM, mediante el cual solicita nuestro criterio acerca de las implicaciones y alcances de la contratación directa que realizan con el Consejo Nacional de la Producción, de conformidad con el artículo 9 de la ley orgánica. I. SOBRE LOS ALCANCES DE LA CONSULTA. Nos indica que por imperativo legal, el Ministerio que representa adquiere una serie de productos al Consejo Nacional de la Producción; sin embargo han tenido múltiples problemas en la calidad y distribución de dichos productos, generándoles una serie de inconvenientes en la satisfacción de sus necesidades. Agrega que en razón de lo anterior, les surge la inquietud de si la Administración podría verse perjudicada ante una inadecuada utilización de los fondos públicos, por eventuales entregas de productos no acordes a lo requerido, es decir de mala calidad, precios más altos por existir intermediarios, así como altos costos por la distribución. Así, nos plantea dos inquietudes básicas: · ¿ Puede el Ministerio solicitar al Consejo Nacional de la Producción cumplir con requisitos para un mejor control de calidad de los bienes a proporcionar o rescindir su contrato por incumplimientos manifiestos? · ¿ Será posible rescindir parcialmente el contrato para adquirir solo algunos productos que el CNP suministra, ante la necesidad de contar con mejores productos, mejor servicio, mejor rentabilidad, más transparencia, etc. dentro del mercado ...
Fecha publicación: 08/06/2002
Fecha emisión: 05/06/2002
Documento: 06571-2002.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 M.B.A. Freddy Montes Pérez 31 de mayo, 2002 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 6338 31 de mayo, 2002 DAGJ-930-2002 M.B.A. Freddy Montes Pérez Director Ejecutivo JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR Estimado señor: Asunto: Se evacúa consulta sobre el pago al señor Willy Arriola en el sentido de que resolver el recurso de apelación interpuesto es de exclusiva responsabilidad de la Administración, sobre lo cual no se pronuncia esta Contraloría General, no obstante que se señalan algunos antecedentes relacionados con el caso de la consulta. Damos respuesta a su oficio No. DEJ-0-364-2002 del quince de mayo de dos mil dos, mediante el cual solicita nuestro criterio respecto del recurso de apelación interpuesto por el señor Willy Arriola en relación con el cobro de honorarios profesionales para el proceso de conversión de las cintas magnéticas requeridas para la automatización del Depósito Libre Comercial de Golfito. En apoyo a su gestión, adjunta actas de Junta Directivas, memorándums sobre el servicio prestado por el señor Arriola, notas de la empresa TELERAD y el criterio vertido por el asesor jurídico; de donde se desprende que el señor Arriola realizó funciones no contempladas en su contrato de servicios profesionales, pero que ello fue a solicitud de la Administración a efectos del adecuado cumplimiento de otra contratación. Al respecto nos permitimos indicarle que la política que ha seguido este Órgano Contralor en materia de consultas, ha sido en el sentido el que nuestros pronunciamientos sean de carácter general, por lo que no evacuamos casos concretos. De esa forma, en lo que se refiere a su consulta lamentamos no poder externar criterio, no sólo por referirse a un caso concreto sino por encontrarse pendiente un recurso de apelación cuya resolución es de exclusiva responsabilidad de JUDESUR. No obstante lo anterior, tomando en consideración lo que nos ...
Fecha publicación: 03/06/2002
Fecha emisión: 31/05/2002
Documento: 06338-2002.doc
Institución: JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


2 2 Licda. Hannia Agüero Guerrero 29 de mayo, 2002 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 6272 29 de mayo, 2002 DAGJ-926-2002 Licenciada Hannia Agüero Guerrero Proveedora Institucional PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA Estimada señora: Asunto: No se rinde el criterio solicitado dados los términos de la consulta tan amplios y porque las inquietudes formuladas deben ser atendidas en coordinación con la asesoría legal de esa institución. Nos referimos a su oficio Nº P.I. 0299-2002 del 21 de mayo del 2002, mediante el cual solicita el criterio sobre ocho interrogantes e inquietudes que tiene sobre contrataciones inferiores a los ocho millones de colones y el fraccionamiento ilícito en lo que se refiere a pautas publicitarias. Sobre el particular, nos permitimos manifestarle que no obstante que este Despacho siempre ha estado en la mejor disposición de colaborar con el quehacer de esa entidad, vistos los planteamientos e inquietudes que formula en su consulta, relacionados con las contrataciones mencionadas, llegamos a la conclusión de que la mayoría de estos se verían satisfechos si esa Administración realizara una labor de coordinación con la asesoría legal de la institución, pues muchos de los aspectos consultados reflejan la necesidad de una asesoría amplia en materia de contratación administrativa, la cual no puede implementarse por la vía de la consulta, sino que debe buscarse a través de los funcionarios encargados de estas funciones. No obstante lo anterior, en un afán de colaboración adjuntamos copia de los oficios Nº 7895, DGCA 828-97, del 30 de junio de 1997 y Nº 8758, DGCA 916-97, del 15 de julio de 1997 y las resoluciones RSL 101-99 de las 11:30 horas del 22 de marzo de 1999 y R-DAGJ-99 de las 12:00 horas del 20 de octubre de 1999, que se refieren al tema del fraccionamiento ilícito. Atentamente, ...
Fecha publicación: 01/06/2002
Fecha emisión: 29/05/2002
Documento: 06272-2002.doc
Institución: PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 Ing. Sergio Carmona Roblero 29 de mayo, 2002 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 6274 29 de mayo, 2002 DAGJ-927-2002 Ingeniero Sergio Carmona Roblero Gerente de División de Operaciones CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL Estimado señor: Asunto: Se evacua consulta con respecto a la autorización dada a la Caja Costarricense del Seguro Social para que adquiera un bien inmueble ubicado en el centro de la ciudad de San José con el fin de ampliar el Hospital San Juan de Dios, por un monto de mil sesenta y un millones setecientos cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta colones (¢ 1 061 745 850.00). Nos referimos a sus oficios GDOP-10687- presentado el 16 de mayo anterior mediante el cual solicita nuestro criterio y requiere de una modificación, en relación con la autorización que fue otorgada por este Despacho en el oficio 4509 (DAGJ-636- 2002) del 14 de abril pasado. Con respecto al primero de los puntos debe tenerse claro que la autorización dada es por el monto del avalúo, es decir, mil sesenta y un millones setecientos cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta colones, por lo que si dentro de las facultades que tiene la Administración, se opta por convertir ese monto en dólares, esa conversión debe hacerla tomando en cuenta el tipo de cambio vigente a la fecha del avalúo. Por otra parte, si la Administración decide “dolarizar” la deuda debe tener claro que, en consecuencia, le aplicarían todas las condiciones propias de obligaciones contraídas en moneda extranjera, dentro de las que destacan la posibilidad que tiene el deudor de pagar su deuda en colones, de acuerdo con el valor comercial efectivo al momento del pago , así como la imposibilidad que tendría de establecer una fórmula “paralela” de reajuste de precios a favor del vendedor. En cuanto al segundo tema, nos indica que por un error voluntario en el oficio de solicitud de ...
Fecha publicación: 01/06/2002
Fecha emisión: 29/05/2002
Documento: 06274-2002.doc
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


1 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 6 2 5 4 27 de mayo, 2002 DAGJ-910-2002 Señora Beana C. Cubero Castro Secretaria Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA DE HEREDIA Estimada señora: ASUNTO: Consulta sobre vigencia de autorización de donación. Nos referimos al oficio SCMSB-0107 del 9 de mayo del presente año, recibido en esta Contraloría General el 10 de ese mismo mes y año, mediante el cual el Concejo Municipal consulta sí a la fecha está vigente el oficio 1605 (D.G.C.A. 205) del 9 de febrero de 1996, en donde se autoriza la donación de un lote propiedad de esa Municipalidad, con un área de 519.17 m2, que se segregó del inmueble Nº13.491, inscrito en el Registro Público, Partido de Heredia, Tomo 286, Folio 434, Asiento 7, plano catastrado No. 286091-95, a la Cruz Roja Costarricense. Sobre el particular, debemos manifestarle que esa autorización concedida por este Organo Contralor tiene su fundamento en la Ley Nº4478 del 3 de diciembre de 1969, mediante la cual se autoriza a todas las instituciones del Estado a donar bienes inmuebles a la Cruz Roja Costarricense y que tal normativa se encuentra vigente a la fecha. Por otra parte, llamamos la atención de ese Concejo, en el sentido de que no resulta razonable que se solicite una autorización en el año 1996 y, en el año 2002, se consulte si aún está vigente, por cuanto, a nivel del órgano solicitante, en este caso, el Concejo Municipal de Santa Bárbara, hace cuestionar si los motivos que existían en ese momento eran lo suficientemente de peso. En consecuencia, no existe ningún inconveniente legal en que se haga efectiva en cualquier momento, siempre y cuando se tengan presentes las observaciones consignadas en la autorización de marras, a lo cual se agrega que para la ejecución de esa autorización se concede un plazo de caducidad de dos meses contados a partir del recibo de la presente nota. Una vez transcurrido ese plazo, se tendrá por revo ...
Fecha publicación: 30/05/2002
Fecha emisión: 27/05/2002
Documento: 06254-2002.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 6138 27 de mayo, 2002 DAGJ-900 -2002 Señor Edwin Vargas Rodríguez Telefax: 556-87-91 Estimado señor: ASUNTO: Se declina emitir criterio sobre consulta. Damos atención a su nota fechada 24 de mayo, recibida ese mismo día, por la cual solicita la definición de esta Contraloría General sobre el contenido de los artículos 38 y 39 del Código de Trabajo. Las consultas que emite este Órgano Contralor son aquellas que le formule la entidad pública que se encuentra sometida a su fiscalización sobre cuestiones de orden general, no referidas a un caso concreto para el cual se busca dar una solución. Al parecer, lo que existe es un diferendo con la entidad para la cual usted presta servicios en relación con su derecho al pago de gastos de transporte y hospedaje por tener un domicilio alejado del centro de trabajo. Así las cosas, una vez analizados los antecedentes del caso, lamentamos no estar en capacidad de evacuar sus inquietudes. Atentamente., Lic. Ronald Hidalgo Cuadra Gerente Asociado RHC/nvs Ci Archivo Central Ni 14481 ( Criterios, consultas y dictámenes ] ...
Fecha publicación: 30/05/2002
Fecha emisión: 27/05/2002
Documento: 06138-2002.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: SIN CLASIFICACION
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)